Radar fijo vs radar móvil: cómo saber si te han multado por velocidad

Analizar un radar fijo vs movil es fundamental cuando superamos los límites de velocidad establecidos en carretera, ya que esta sigue siendo una de las infracciones más controladas por la Dirección General de Tráfico. Cuando pasamos cerca de un dispositivo de control, la duda surge de inmediato: ¿ha saltado el flash?, ¿cómo afecta esta sanción a mi permiso?, ¿cómo me enteraré si me han multado?

Conocer el funcionamiento de estos cinemómetros y los criterios normativos que aplica Tráfico es clave para salir de dudas. En esta guía práctica analizamos las diferencias técnicas entre ambos sistemas, los márgenes de tolerancia legales y los pasos exactos para comprobar si te han impuesto una sanción.

Diferencias operativas: Radar fijo vs móvil

Aunque ambos dispositivos persiguen el mismo objetivo —controlar la velocidad para reducir la siniestralidad vial—, su ubicación y visibilidad varían sustancialmente:

  • Radares fijos: Se sitúan de manera permanente en el interior de cabinas en los márgenes de las carreteras o en pórticos elevados. Su ubicación exacta suele estar señalizada previamente mediante paneles informativos o señales verticales en vías de alta capacidad. Operan de forma totalmente automatizada las 24 horas del día.
  • Radares móviles: Se instalan en el interior de los vehículos oficiales de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (pueden estar estacionados en el arcén o circulando en flujo) o en vehículos camuflados. Su ubicación es dinámica y la DGT publica semanalmente un listado orientativo de tramos donde patrullan, aunque cuentan con total flexibilidad operativa.

Tabla de márgenes de error legales de los cinemómetros

Los cinemómetros aplicarán siempre un margen de tolerancia estipulado por ley para evitar que se sancione por imprecisiones técnicas del aparato. Dependiendo de si la vía está por encima o por debajo de los 100 km/h y del tipo de radar, los márgenes aplicados son los siguientes:

Tipo de vía y límiteMargen de error en Radar FijoMargen de error en Radar Móvil
Vías ≤ 100 km/h5 km/h7 km/h
Vías > 100 km/h5%7%

Ejemplo práctico: En una autovía limitada a 120 km/h, un radar fijo no comenzará a tramitar la denuncia teóricamente hasta que el vehículo alcance los 126 km/h, aplicando el 5% de margen correspondiente.

¿Cómo saber si te ha multado un radar?

A diferencia de los modelos más antiguos, muchos cinemómetros actuales emplean tecnología láser o infrarroja que no emite ningún destello o flash visible. Por ello, la ausencia de luz no garantiza que te hayamos librado de la sanción. Los canales oficiales para comprobarlo son:

  1. Notificación postal en domicilio: Es el cauce ordinario. La multa llega por carta a la dirección que consta en el Registro de Vehículos de la DGT.
  2. Dirección Electrónica Vial (DEV): Si estás dado de alta en este servicio gratuito de Tráfico, la notificación te llegará de forma telemática a tu correo o móvil antes que la carta física.
  3. Tablón Edictal Único (TEU): Si la DGT intenta la notificación en tu domicilio en dos ocasiones sin éxito, la sanción se publicará automáticamente en el BOE.

Si tras revisar tus vías de notificación confirmas que te han sancionado, es fundamental actuar con rapidez para beneficiarte de las reducciones por pronto pago. Puedes consultar los plazos y el procedimiento detallado en nuestra guía sobre cómo pagar multas DGT online: guía paso a paso y plazos legales. Asimismo, si tras la sanción temes haber perdido créditos en tu permiso, te recomendamos revisar el estado de tu saldo en nuestra guía sobre cómo consultar mis puntos del carné de conducir online.

Sanciones económicas y pérdida de puntos por velocidad

El importe de la multa y la detracción de puntos varían drásticamente según la gravedad del exceso cometido. Las sanciones se estructuran de la siguiente manera:

  • Infracciones graves: Excesos que superan el límite establecido en tramos de 20 a 50 km/h (según vía urbana o interurbana), castigados con multas de 100 a 300 euros y la pérdida de 2 a 4 puntos.
  • Infracciones muy graves: Excesos severos de velocidad que superan los límites permitidos en más de 30 o 50 km/h, con sanciones de hasta 600 euros y la retirada de 6 puntos del carné, pudiendo derivar incluso en responsabilidades por la vía penal si se considera conducción temeraria.

Respetar los límites de velocidad no solo evita sobresaltos económicos en tu buzón, sino que constituye la medida preventiva más eficaz para garantizar tu seguridad en la carretera.

Preguntas frecuentes

¿El margen de tolerancia se resta ya en la velocidad que aparece en la notificación?

Sí, la velocidad que figura en el boletín es la que ya tiene descontado ese margen legal; no es la velocidad real detectada, sino la que se te imputa tras aplicarlo.

¿Los radares de tramo funcionan igual que los fijos puntuales?

No exactamente: el radar de tramo calcula tu velocidad media entre dos puntos de la vía, en lugar de medir un instante concreto como hacen los radares fijos o móviles tradicionales.

¿Puede multarme un radar móvil aunque vaya en sentido contrario al vehículo que lo porta?

Sí, muchos radares móviles pueden captar la velocidad de vehículos que circulan en sentido opuesto, no solo a los que van en la misma dirección que la patrulla.

¿Si no recibo carta ni aviso en la DEV, significa que el radar no me detectó?

No necesariamente: conviene revisar también el Tablón Edictal Único, ya que la DGT puede considerar notificada la sanción ahí aunque tú no hayas recibido nada por los otros canales.